sábado, 1 de julio de 2017

Conventus romanos en Hispania

En latín un conventus significa asamblea o reunión y con esta palabra (o con la española convento), se designaba a las reuniones conjuntas de romanos e indígenas, que aconsejaban al gobernador en la administración de justicia. Estas reuniones se realizaban en diversas localidades, que por ello se llamaban conventus o conventus iuridici. El gobernador provincial o legado realizaba sus funciones jurídicas itinerantes anuales en cada una de las sedes de estos conventus, en fechas fijas, usualmente en verano. En consecuencia, la población de los alrededores acudía en esas fechas a la capital del conventus para realizar todo tipo de actos jurídicos, desde pleitos hasta la regularización de contratos. Posiblemente el legado también aprovechase su estancia para establecer las delimitaciones de las áreas de recaudación y de reclutamiento. 
Esto hace que el conventus quede establecido por su capital (la ciudad donde el gobernador establecía su tribunal) más que por su territorio, que no era fijo.
* Estos tres conventus se segregaron en tiempo de Diocleciano para formar Gallaecia.
** Este conventus incluía las Islas Baleares

Tarraconense
Convento Capital Actual
Tarraconensis Tarraco Tarragona
Caesaraugustanus Caesaraugusta Zaragoza
Cluniensis Clunia Coruña del Conde
Carthaginensis ** Carthago Nova Cartagena
Asturum * Asturica Augusta Astorga
Lucensis * Lucus Augusti Lugo
Bracarum * Bracara Augusta Braga (Portugal)
Bética
Cordubensis Corduba Córdoba
Hispaliensis Hispalis Sevilla
Gaditanus Gades Cádiz
Astigitanus Astigi Ecija
Lusitania
Emeritensis Augusta Emerita Mérida
Scalabitanus Scalabis Iulia Santarém
Pacensis Pax Iulia Beja

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